VILMA FILICI / TORONTO /
Esta semana quiero contarle una historia que me pasó hace ya varios años, cuando me encontraba en una entrevista de inmigración con un cliente, quien a pesar de que estaba muy bien preparado para su caso resultó dando ciertas sorpresas. Bueno, en realidad la sorpresa fue para mí, porque el cliente sabía exactamente qué era lo que estaba sucediendo. Encontrarse con sorpresas durante una entrevista es algo que suele suceder en algunos casos migratorios.
Se trata de casos donde el cliente no le dice a su representante toda la verdad, y por lo tanto hace que la preparación y la representación del caso no sea la más apropiada, generando una situación sumamente complicada cuando se está en una entrevista o en una audiencia y el oficial de inmigración hace determinadas preguntas.
En este caso, por ejemplo, el oficial de Inmigración le preguntó a mi cliente si conocía cierta dirección, la cual correspondía a un apartamento en Toronto, y el cliente dijo que no, que no la conocía.
Tan pronto como el oficial le hizo esa pregunta yo misma empecé a preguntarme por qué el oficial le estaba haciendo esta interrogante, dado que yo sé que generalmente, cuando un oficial de Inmigración hace una pregunta específica a un cliente durante una entrevista o una audiencia es porque tiene información, es decir, porque tiene la respuesta a esa pregunta y le está dando una oportunidad al cliente para que diga la verdad.
El oficial siguió adelante con la entrevista y luego volvió a hacer la misma pregunta. “¿Usted está seguro de que no tiene información acerca de esa dirección?”, le preguntó, y nuevamente el cliente dijo que no, que no sabía de qué se trataba.
No obstante toda esta negativa inicial, al final el cliente tuvo que admitir que sí, que efectivamente conocía esa dirección, y no solamente que la conocía sino que era una dirección donde él había rentado un departamento y donde había vivido y seguía viviendo, o cuando menos que seguía visitando esa dirección de vez en cuando.
Para empeorar las cosas, a esta pregunta se le adicionó una más: si el cliente sabía si en esa dirección en algún momento y por alguna razón habían llegado las autoridades, es decir la policía. Al igual que en la pregunta anterior, la respuesta inicial del cliente fue que no, que nunca habían llegado, sólo para después de un buen rato decir que sí, que en una ocasión había habido un problema con unos vecinos y que estos habían llamado a la policía.
Si bien este tipo de situaciones no son comunes, suelen suceder, y como asesores en materia migratoria se nos hace muy difícil el poder representar a un cliente cuando no solamente no nos dice toda la verdad para poder prepararnos y para poder defenderlo como se debe, sino que sobre todo cuando mienten abiertamente a un oficial de inmigración.
Tenemos que partir de la base de que la ley de inmigración requiere que toda persona que esté enfrentando una audiencia o una entrevista, ya sea ante un tribunal o ante un oficial de Inmigración, tiene el deber de decir la verdad. Y él no decir la verdad no solamente puede causar el rechazo del caso que se está presentando sino que también puede acarrear sanciones contra la persona por dar declaraciones falsas. Esta es una cuestión meramente legal, dado que la ley requiere que la persona diga la verdad.
Pero también en la parte práctica, si un oficial de Inmigración o un fiscal en el momento que están haciendo los cuestionamientos le hace una pregunta específica a un cliente, definitivamente es porque tiene la información, porque ya tiene la prueba necesaria, y únicamente quiere que la persona admita lo que le están preguntando.
En este sentido el cliente tiene que ser inteligente. Primero debe recordar que tiene la obligación de decir la verdad, y segundo, debe tener la claridad de que si le están haciendo una pregunta específica (y si la persona sabe, como en el caso de este joven, que el alquiló un apartamento en esa dirección), es porque el oficial de inmigración ya conoce esa información y por lo tanto solamente le está haciendo esa pregunta para darle la oportunidad de decir la verdad. El cliente tiene que entender qué es lo que está sucediendo, y que por tanto el mentir únicamente le va a complicar las cosas.
En muchas ocasiones este tipo de situaciones han resultado en un rechazo a un caso. Por ejemplo, durante una entrevista de patrocinio para matrimonio hace como diez años, un oficial de inmigración le preguntó al señor que estaba entrevistando si conocía a una mujer de nombre “x”, y el señor le dijo que no, que no la conocía. Después de un rato, el oficial le volvió a hacer la misma pregunta y el cliente le volvió a decir que no la conocía, sólo para que después de horas de preguntas y de respuesta resultara revelándose que el cliente había estado casado con esa persona. Y no solamente eso, sino que nunca se había divorciado de esa mujer, por lo que el matrimonio que había registrado con la que iba a ser su patrocinadora no era legal porque él nunca había estado divorciado.
Obviamente en este caso no tenía mucho sentido el haberse casado sin antes haberse divorciado, pero tampoco después tenía mucho sentido ir a la entrevista y cuando le estaban haciendo preguntas que el cliente sabía que le estaban enfrentando a la realidad, negarla. Era obvio que el oficial de Inmigración tenía información del matrimonio, le estaba dando el nombre de la persona con quien todavía estaba casado, y entonces ¿cuál es el sentido de decir que no la conocía?
Como conclusión de esta columna quiero dejar en su mente que aquí hay dos asuntos muy importantes que hay que tener en cuenta: primero, que hay que actuar conforme a las leyes, las cuales requieren que la persona diga la verdad, y por tanto hay que decir toda la información correctamente. Y segundo, que si usted se encuentra en una situación donde es obvio que el oficial de Inmigración conoce algún tipo de información, lo mejor es que diga la verdad, porque seguir negando una situación real lo único que va a lograr es generarle más problemas para su caso migratorio.
*Vilma Filici puede ser contactada en filici@filici.com